El servicio de intérpretes puede ser requerido por cualquier persona, sorda u oyente, a fin de eliminar las barreras de comunicación, utilizando la Lengua de Signos Española y la Lengua de Signos Catalana. Se puede solicitar el servicio de interpretación para consultas médicas y hospitalarias, gestiones en entidades públicas o privadas, reuniones o entrevistas en el ámbito laboral y educativo, y cualquier otra situación en el ámbito jurídico – administrativo de la vida cotidiana.
En general, el servicio de intérpretes hay que solicitarlo por escrito, indicando el tipo de servicio, la duración prevista del mismo, la hora y el lugar. Conviene pedirlo con varios días de antelación a la asociación o federación correspondiente a su lugar de residencia.
Se puede encontrar información más precisa visitando el portal de la Confederación Estatal de Personas Sordas (www.cnse.es) a través del cual se puede acceder a las páginas de las federaciones autonómicas y al servicio de intérpretes con las condiciones requeridas para acceder al mismo.